El Derecho De Propiedad (Los 10 Mandamientos. p8)

SERIE DE ESTUDIOS BIBLICOS: Los 10 Mandamientos.
ESTUDIO 8: «EL DERECHO DE PROPIEDAD»

EXODO 20: 15
«No hurtarás»

«Los Diez mandamientos» son como un curso de orientación, donde la palabra de Dios nos enseña a vivir una vida de rectitud y justicia. En el sermón del monte el Señor Jesucristo amplificó los Diez Mandamientos y nos dió con su vida el tipo de vida que cada uno de nosotros debemos de vivir.
Dice 1a. de Juan 2: 6, «El que dice que permanece en él, debe andar como él anduvo», el Señor Jesucristo marcó con su vida el cumplimiento de los Diez Mandamientos. Hermanos, hermanas les invito a que nos arrodillemos y le pidamos a Dios las fuerzas necesarias para que esto sea una realidad.

A manera de introducción en este octavo mandamiento, que nos habla del derecho de propiedad, notemos que los primeros cuatro mandamientos nos hablan de nuestra relación con Dios, «No tendrás otros dioses delante de mí», indudablemente nos presenta a Dios como la única fuente de vida, de amor y de capacidad para nuestra manera de vivir aquí en la tierra.

En la segunda serie de mandamientos encontramos los siguientes tres que nos hablan acerca de la familia y hemos visto que en el versículo 12 de Exodo 20 dice: «Honra a tu padre y a tu madre», ese es el quinto mandamiento. El sexto mandamiento nos dice «No matarás», y el séptimo mandamiento «No cometerás adulterio». Esos tres mandamientos están relacionados con la familia, el vínculo social creado por Dios.

Ahora nos enfrentamos con otros tres más, y estos nos garantizan el derecho de propiedad. El versículo 15 dice: «No hurtarás», comenzando así esta nueva serie que nos ha de hablar de nuestra relación con la sociedad.

Lo primero que Dios quiere que sepamos con respecto a nuestra relación con la sociedad es que existe un derecho de propiedad, «No hurtarás», dice la Palabra de Dios. ¿Cómo podríamos analizar esta declaración de Dios para poder comprenderla?

Vamos a dividir este mandamiento en tres partes para poder comprenderlo en su totalidad.

Primero, el derecho de propiedad privada.
Segundo, el derecho de propiedad divina.
Tercero, el derecho de propiedad espiritual.

En la carta del apóstol Pablo a los Efesios capítulo 4:28 encontramos una ayuda para poder entender la aplicación de este mandamiento. Dice así la Palabra de Dios: «El que hurtaba, no hurte más, sino trabaje, haciendo con sus manos lo que es bueno, para que tenga qué compartir con el que padece necesidad». El que no puede trabajar debe de vivir con la ayuda delque trabaja, para que no tenga que salir a robar. Este es el principio que establece el Nuevo Testamento, ¿se da cuenta de qué manera la misma Palabra de Dios se encarga de poner en práctica los conceptos establecidos por los Diez Mandamientos?

Usted debe de trabajar, para que con su trabajo pueda ayudar al que no puede trabajar, de manera tal que este último no tenga que salir a robar para vivir. El que trabaja debe de ayudar a los necesitados, de otra manera robaría a la ley de Dios.

Yo sé que muchos al leer esto van a estar en desacuerdo con lo que estoy diciendo y se estarán preguntando ¿Qué es lo que usted está diciendo? Hablando del derecho de la propiedad privada no solamente tengo el derecho de trabajar para tener, sino que también tengo el derecho de trabajar para dar. Es difícil ¿verdad? por supuesto que es difícil. En un mundo en que todo es lo mío, lo mío y nada más que lo mío, Dios dice que el proceso para lo que El creó el trabajo es muy difícil de entender pero muy fácil de prácticar si le hacemos caso a Su voluntad. No solo trabajamos para cubrir nuestras propias necesidades, sino que también trabajamos para ayudar a los necesitados ¿Cuánto hace que usted no dá a alguien que necesita? Si usted nunca dió a alguien que necesita, entonces está robando a la ley de Dios. Palabras fuertes ¿verdad? Hay muchos necesitados y lo único que hacemos, nos dice Santiago, es orar por ellos cuando deberíamos poner un granito de arena para ayudar a suavizar el dolor y la angustia de sus almas. Hermanos, hermanas, ¿Sentimos esta necesidad? ¿Es este derecho de propiedad privada demasiado fuerte para sobrellevar? ¿Es una carga demasiado pesada, que nos asusta? Hermanos, pensemos lo que dice el apóstol Pablo en Efesios 4:28 «El que hurtaba, no hurte más, sino trabaje, haciendo con sus manos lo que es bueno, para que tenga qué compartir con el que padece necesidad». Y el apóstol Santiago dice que de nada vale que oremos por aquellos que tienen necesidad y que los mismos no reciban una ayuda de nosotros.

En segundo lugar, vamos a observar el derecho de propiedad divina. En Malaquías 3: 8-10 dice el profeta del Antiguo Testamento: «¿Robará el hombre a Dios? Pues vosotros me habéis robado. Y dijisteis: ¿En qué te hemos robado? En vuestros diezmos y ofrendas. Malditos sois con maldición, porque vosotros, la nación toda, me habéis robado. Traed todos los diezmos al alfolí y haya alimento en mi casa; y probadme ahora en esto, dice Jehová de los ejércitos, si no os abriré las ventanas de los cielos, y derramaré sobre vosotros bendición hasta que sobreabunde».

El derecho de propiedad divina, ¿había pensado usted en esto? Hay un derecho de propiedad privada y yo hurto cuando no entrego a los necesitados una porción de lo mío para que ellos se alimenten. En segundo lugar encontramos un derecho de propiedad divina y nos habla de una ley que está un poco más allá de la capacidad humana de poderla entender abiertamente.

El hecho de poseer las bendiciones de Dios nos da el privilegio de entregarle a El el diez por ciento de lo que nosotros hemos ganado. «¿Robará el hombre a Dios?» Muchos dirán, ¡un momentito! ¿en qué le hemos robado a Dios? En vuestros diezmos y vuestras ofrendas. Haymuchas personas que son muy cautelosas en separar el diezmo para el Señor, pero ¿Qué acerca de la ofrenda? Tal vez usted cuente hasta el último centavo para darlo en su diezmo y piensa que en eso está cumpliendo la ley de Dios de manera que en este aspecto no hay nada censurable en usted. Esto de ninguna manera puede ser posible si es que usted no ha llevado a Dios una ofrenda, una ofrenda que hable de su amor para con Dios. El derecho de propiedad divina.

Dios tiene derecho a dos cosas en su vida. En primer lugar él tiene derecho a su diezmo. En segundo lugar él tiene derecho a la ofrenda. Si usted es una persona que da el diezmo, comience a dar la ofrenda también, de otra manera las palabras «¿en qué robará el hombre a Dios?» le corresponden a usted.

Muchas personas insisten en decir que esto es una cosa del Antiguo Testamento. Meditemos en esto ¿habrá puesto Dios un nivel de vida o de relación con El, diferente, inferior en el Nuevo Testamento, durante el período de la gracia, del que el pueblo tenía en el Antiguo Testamento, durante el período de la ley?

Aparentemente, hay muchas personas que piensan de esta manera cuando dicen que el diezmo no es cuestión de ahora, sino del pasado. Tal vez creen que porque Cristo ha llegado cumpliendo el plan de Dios y que El nos ha redimido, no tenemos ahora la obligación de cumplir la ley, ¡vamos por favor, no pensemos de esta manera! ¿qué clase de individuo somos cuando dejamos que las barreras se rompan delante de nuestra presencia?

En el libro de Proverbios 3:9 la Palabra de Dios nos dice: «Honra a Jehová con tus bienes, y con las primicias de todos tus frutos». Dios tiene derecho a nuestros diezmos y a nuestras ofrendas ¿Estamos acostumbrados a darle a Dios lo que le pertenece?

¿estamos acostumbrados a entregarle a Dios lo que es de El? ¡Qué difícil es esto! ¿verdad?

En tercer lugar, no solo el octavo mandamiento de Exodo 20:15 nos habla de no hurtar, en relación al derecho de propiedad privada, no hurtar, en relación al derecho de propiedad divina sino que también nos habla del derecho de propiedad espiritual. En 1a. Corintios capítulo 6 versículos 19 y 20 el apóstol Pablo hace énfasis a la propiedad espiritual, dice así: «¿O ignoráis que vuestro cuerpo es templo del Espíritu Santo, el cual está en vosotros, el cual tenéis de Dios, y que no sois vuestros? Porque habéis sido comprados por precio; glorificad, pues, a Dios en vuestro cuerpo y en vuestro espíritu, los cuales son de Dios».

Encontramos dentro de estos versículos una compra, una transacción, encontramos que Dios tiene el título de propiedad de nuestras vidas, remarcando el apóstol, el derecho de propiedad espiritual que Dios tiene. Muchas personas piensan que tienen la libertad de hacer lo que quieren con sus cuerpos, viviendo de la manera que se les antoje. Eso no es posible. Lo aceptable para Dios es una vida santa y agradable a El.

Aquí está la clave, el secreto de entender la palabra «No hurtarás». Nosotros tenemos el derecho de propiedad privada. Dios tiene el derecho de propiedad divina y el Espíritu Santo tiene el derecho de propiedad espiritual. Dice la Biblia: «Y no contristéis al Espíritu Santo deDios, con el cual fuisteis sellados, para el día de la rendención». No podemos jugar con lo que es propiedad de Dios. Pareciera que estos mandamientos de repente cobran una actualidad inesperada, ¿verdad? Pareciera que estos mandamientos que Dios diera a la nación de Israel hace tantos miles de años, resultaran de tanta efectividad para nuestros días. Todo cristiano tiene que reconocer el derecho de propiedad espiritual. Como vemos, «No hurtarás», no solamente está en relación al hecho de tomar algo de otra persona sino que está también estrechamente relacionado a mi relación con Dios y a la propiedad que El tiene sobre mi cuerpo.

Como conclusión podríamos decir que solamente cuando Cristo llena nuestra vida, en todas sus características, emocionalmente, mentalmente, y físicamente podemos cumplir con este octavo mandamiento que nos habla de no hurtar.

¿En cuál de estos tres puntos del derecho de propiedad se encuentra afectado usted?

Por Manuel Otero (Family Radio)


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